CERTIFICACIÓN DEL HOMESCHOOL EN COLOMBIA INFORMACION PARA LOS PADRES

Para que los estudios en casa de los niños homeschool sean válidos ante el MEN es necesario que el niño se encuentre matriculado en una institución educativa formal con modalidad virtual-a distancia.

También es importante, aunque no es obligatorio, que el niño esté registrado en el SIMAT. Este es un Sistema de Información de Matriculas del MEN, un censo de los niños inscritos en instituciones educativas de Colombia. Los niños que están registrados en el SIMAT tienen que presentar Pruebas Saber., las cuales provee la misma institución.

Anteriormente las Prueba Saber evaluaban las instituciones educativas, pero a partir del 2017 también evaluarán a los estudiantes, enviando un reporte de los resultados individuales.

Respecto a las validaciones, un colegio debe recibir permiso de la Secretaria de Educación Local para hacer estos procesos de validación, según el Decreto 2832 del 2005 (Educación No Formal). El certificado que emite es de validación, no es una certificación de educación regular. Si un colegio no está autorizado por el CADEL no puede hacer validaciones.

Otras familias, que desean seguir el sistema tradicional escolarizado similar al colegio, optan por inscribir a sus hijos colegios virtuales, lo cual tiene ventajas y desventajas.

Otras familias, realizan todo el proceso educativo de sus hijos en casa con currículos o currículos cristianos, y tienen tres opciones para certificar:
1. Esperar hasta los 18 años para realizar el examen de validación con el ICFES. En este caso el certificado de validación es emitido por el ICFES.
2. Para validar 2 grados en 1 año, debe ser desde los 15 en el modelo de bachillerato por ciclos (semestralizado). En este caso el certificado es de validación del bachillerato en modalidad no formal.
3. Para certificar 1 grado en 1 año en modalidad regular, debe ser con un colegio con modalidad presencial, virtual y a distancia, cumpliendo así con la Ley General de Educación Artículo 7.

¿Existe algún modelo de educación flexible-virtual certificada para Homeschool?

Este modelo de educación flexible nos provee ORDEN Y LIBERTAD, para
educar a nuestros hijos en casa, con la metodología, programa o currículo que un proceso con un Colegio según los lineamientos curriculares establecido por el MEN. Sobre leyes o decretos:

  • Decreto 2832 del 2005: reglamenta las validaciones de un año escolar, bajo ciertas condiciones.
  • Decreto 299 de 2009: reglamente la validación de todo bachillerato con el ICFES, a partir de los 18 años.
  • Decreto 3011 de 1997: bachillerato para jóvenes y adultos, semiescolarizado CLEI (Educación por Ciclos).
  • Ley 133 de 1994 (libertad religiosa y de culto) Articulo 7 literal d.(De tener y dirigir autónomamente sus propios institutos de formación y de estudios teológicos, en los cuales puedan ser libremente recibidos los candidatos al ministerio religioso que la autoridad eclesiástica juzgue idóneos. El reconocimiento civil de los títulos académicos expedidos por estos institutos será objeto de Convenio entre el Estado y la correspondiente Iglesia o confesión religiosa o, en su defecto, de reglamentación legal.

CONCLUSIONES:

Sea que tengas un currículo o no, o sea que certifiques o no, es necesario llevar el proceso educativo de nuestros hijos en orden, con un sabio equilibrio entre estructura y flexibilidad.

Para el estado y las entidades del gobierno es importante poder comprobar que un niño desescolarizado no se le está violando su derecho a la educación, y que se pueda demostrar un proceso educativo desde casa. Cuando alguna entidad del estado (ICBF o Comisaría de Familia) llega a un hogar homeschool a hacer auditoria, lo único que busca es evidenciar que al niño no esté expuesto a negligencia, abandono o maltrato.

Si tienes como dar cuenta de tu proceso educativo con evidencias, esto es suficiente para que tu caso ante el ICBF, quede cerrado. Solo en algunos casos conocidos el ICBF a exigido escolarizar a los niños.

Debemos tener claro también, que en Colombia la Ley de Libertad de Culto para la educación, de la Constitución Política de Colombia, respalda nuestra labor de educar en casa con principios y valores cristianos.

En este artículo del Ministerio de Educación Nacional, dice: “La Constitución Política consagra en sus artículos 18, 19 y 27 la libertad de conciencia de cultos y de enseñanza, aprendizaje y cátedra y con base en ellos nadie puede ser molestado por razón de sus convicciones ni con pedido a revelarlos ni obligado a actuar contra su conciencia; por ello toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla garantizando el estado la libertad de enseñanza.

Marco legal y estado en Colombia. La educación en casa en Colombia existe dentro de una especie de “vacío legal”: no está reglamentada, pero no está fuera de la ley porque se ampara en varios artículos de la Constitución, entre ellos el 27 (el Estado garantiza la libertad de enseñanza), el 44 (la educación como derecho fundamental de los niños) y el 68 (los padres de familia tendrán derecho de escoger el tipo de educación para sus hijos menores), y la Ley 115 de 1994, en su artículo 7, que declara a la familia “como núcleo fundamental de la sociedad y primer responsable de la educación de los hijos”.

Además, las leyes colombianas dan la libertad a los estudiantes de elegir cómo se quieren educar y la posibilidad de validar todos los grados de colegio a través de exámenes.

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